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Italia sanciona a ENEL y agencias asociadas por engañar a los consumidores


Italia sanciona a ENEL y agencias asociadas por engañar a los consumidores

Roma, 18 nov (.).- La Autoridad Garante de la Competencia y Mercado de Italia (AGCM) ha sancionado con más de 5 millones de euros a la compañía energética ENEL y a varias agencias asociadas por «prácticas engañosas en la venta de servicios energéticos» .

El procedimiento, surgido por las «numerosas denuncias de consumidores que pusieron de manifiesto el engaño de un mensaje pregrabado difundido por un contestador automático de ENEL y por operadores de centros de llamadas», ha concluido con una multa de 3,4 millones para la compañía y 1,380 millones para las agencias Conseed, Seed, Zetagroup, New Working, Run y Sofi, informó la AGCM.

«El engaño (era) relativo a la fecha de finalización del mercado protegido, es decir, del sistema de mayor protección de precios en el sector energético para los pequeños clientes finales. Esta fecha límite, prevista actualmente para el 10 de enero de 2024, fue señalada por los operadores como inminente o, en todo caso, con mucha antelación a la fecha real de finalización», explicó en un comunicado.

Según la Autoridad Antimonopolio, «en algunos casos, el paso del mercado protegido al mercado libre de la energía se presentó, en contra de la verdad, como obligatorio. La información engañosa pretendía inducir a los consumidores a firmar un contrato en el mercado libre de la energía con ENEL».

«Además, la conducta fue agresiva debido a las insistentes y repetidas llamadas telefónicas que difundieron el mensaje pregrabado, dirigido también a los numerosos consumidores que no habían dado su consentimiento previo para ser contactados con fines de marketing».

Las agencias «realizaron a sabiendas sus actividades de venta valiéndose de subagencias y agentes individuales -no autorizados por ENEL- que disponían indebidamente de listas de clientes pertenecientes al mercado protegido y que utilizaban un contestador automático para promover las ofertas comerciales de ENEL».

Esto se considera «una práctica comercial desleal porque podía distorsionar el comportamiento económico de los consumidores en relación, además, con un servicio de interés primordial, como es el suministro de servicios energéticos».

En lo que respecta a ENEL, la Autoridad la considera «responsable de no haber aplicado un sistema de control eficaz sobre las formas en que sus agencias asociadas, subagencias y agentes vinculados a ellas contactaban con los clientes y adquirían nuevos contratos en el mercado libre de la energía, mediante un comportamiento engañoso y agresivo».

«La investigación demostró que ENEL era plenamente consciente del alcance y la relevancia de las conductas objeto del procedimiento, así como de su incapacidad para adoptar las medidas adecuadas para prevenir y evitar que dichas conductas se extendieran tan ampliamente en el mercado», según la AGCM.

ENEL lamentó, en un comunicado, que la AGCM no haya «tenido en cuenta las acciones emprendidas por la compañía, como las innumerables denuncias presentadas ante las Autoridades Judiciales y las importantes sanciones contractuales aplicadas, para contrarrestar el fenómeno de las prácticas desleales puestas en marcha por operadores que actúan haciéndose pasar por ENEL o -en un número limitado de casos- contraviniendo las estrictas normas de conducta impuestas» por la misma.

Según la compañía, se la ha penalizado «sin prueba alguna de corresponsabilidad directa» por unos hechos de los que «no obtiene ninguna ventaja de dicha conducta indebida, sino solo un importante daño económico y de reputación» y recordó que no tiene «poderes de inspección y control sobre terceros».

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